DecretoVigente
Decreto 2174 de 1989
Por el cual se da cumplimiento a compromisos contraídos por Colombia en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración -ALADI-
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1La Importación De Los Siguientes Productos Originarios Y Provenientes De Cuba Pagarán Los Gravámenes Arancelarios Que Resultaren De Multiplicar El Gravamen Aplicable En Cada Caso A Terceros Países Por El Índice Que Aparece Al Frente De Cada Posición Y Descripción Arancelaria, Así: Naladi Descripción Indice 012º Cuando Al Efectuar Las Operaciones Aritméticas De Que Tratan Los Artículos Anteriores Resultan Gravámenes Arancelarios Con Fracciones3º Las Importaciones Que Se Efectúen Al Amparo De Este Decreto Estarán Sujetas Al Pago Del Impuesto De Que Trata El Artículo 95 De La Ley 75 De 19864º Las Solicitudes De Registro O Licencia De Importación De Los Productos Negociados En El Marco Aladi Deberán Tramitarse Indicando En Las Mismas La Posición Naladi Y La Respectiva Descripción Para Cada Producto, Citando Además El Número Y Fecha Del Decreto En El Cual Se Establece El Correspondiente Margen De Preferencia5º El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación Y Deroga Cualquier Otra Disposición Que Le Sea Contraria
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