El Presidente de la República de Colombia
en uso de las facultades que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a los artículos 3 de la Ley 6 de 1971 y 2 de la Ley 7º de 1991
Artículo 1
º . Deróganse los Decretos 2531 de 1994; 861, 1131, 1132, 1574, 1672 y 2105 de 1995; 0567, 0799 y 1666 de 1996.
Artículo 2
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a los artículos 3 de la Ley 6 de 1971 y 2 de la Ley 7º de 1991
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
La Ministra de Comercio Exterior