Micelio

decreto 2654 de 1966

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

La partida apropiada.por el Decreto número 2396 de septiembre 16 de 1966, para sueldos y Prima de Navidad de los establecimientos dependientes, se distribuye así:

CAPITULO 704

Financiamiento a cargo del Ministerio.

PROGRAMA 467

Financiamiento de establecimientos dependientes.

Artículo 7323

Teatro Colón

Artículo 7323Teatro Colón Servicios Personales A) Sueldos Del Personal De Nómina $ $ 55

Artículo primero. La partida apropiada .por el Decreto número 2396 de septiembre 16 de 1966, para sueldos y Prima de Navidad de los establecimientos dependientes, se distribuye así: CAPITULO 704 Financiamiento a cargo del Ministerio. PROGRAMA 467 Financiamiento de establecimientos dependientes. Artículo 7323 Teatro Colón Servicios personales

a)

Sueldos del personal de nómina $ $ 55.820 Artículo 7324 Escuela de Arte Dramático Servicios personales a) Sueldos del personal de nómina 4.800 c) Prima de Navidad 1.804 Total $ $ 6.604 Artículo 7326 Museo Nacional Servicios personales a) Sueldos del personal de nómina 58.960

b)

Prima de Navidad 5.300 Total $ $ 64.260 Artículo 7327 Museo de Arte Colonial Servicios personales Sueldos del personal de nómina 44.010 b) Prima de Navidad 5.374 Total $ $ 49.384 Articulo 7328 Museo Jorge Eliécer Gaitán Servicios personales a) Sueldos del personal de nómina 9.260 b) Prima de Navidad 780 Total $ $ 10.040 Artículo 7330 Banda Nacional de Músicos de Bogotá Servicios personales a) Sueldos del personal de nómina 89.512 b) Prima de Navidad 43.224 Total $ $ 132.736 Artículo 7332 Instituto Colombiano de Antropología Servicios personales a) Sueldos del personal de nómina 91.070 b) Prima de Navidad 6.950 Total $ $ 98.020 Artículo 7336 Biblioteca Nacional y Archivo Servicios personales a) Sueldos del personal de nómina 235.966 b) Prima de Navidad 22.520 Total $ $ 258.486 Artículo 7338. Junta Central de Contadores. Servicios personales

c)

Prima de Navidad S $ 2.432 Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional