en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología "Francisco José de Caldas", Colciencias, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 25
Considerando · 3 motivos
Que el Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología "Francisco José de Caldas", Colciencias, presentó al Departamento Administrativo de la Función Pública la justificación técnica de que tratan los artículos 41 de la Ley 443 de 1998 y 148 y 155 del Decreto 1572 de 1998, modificado por el Decreto 2504 de 1998, y este emitió concepto favorable ;
Que la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para efectos de modificar su planta de personal emitió concepto favorable;
Que la Junta Directiva del Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología "Francisco José de Caldas", Colciencias, sometió a aprobación del Gobierno Nacional la supresión de cargos vacantes de su planta de personal, de acuerdo con el Acta número 06 de 30 de octubre de 2002;
Artículo 1Suprímense De La Planta De Personal De Empleados Públicos Del Instituto Colombiano Para El Desarrollo De La Ciencia Y La Tecnología "francisco José De Caldas", Colciencias, Los Siguientes Cargos Vacantes: N° De Cargos Dependencia Y Denominación Del Empleo Código Grado Planta Global (1) Uno Secretario Ejecutivo 5040 20 (1) Uno Operario Calificado 5300 11
°. Suprímense de la Planta de Personal de Empleados Públicos del Instituto Colombiano para el Desarrollo de la Ciencia y la Tecnología "Francisco José de Caldas", Colciencias, los siguientes cargos vacantes: N° de Cargos Dependencia y Denominación del Empleo Código Grado PLANTA GLOBAL (1) Uno Secretario Ejecutivo 5040 20 (1) Uno Operario Calificado 5300 11
Artículo 2
º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente el Decreto 2935 de 1994 y demás disposiciones que le sean contrarias.