Artículo 1
Artículo primero. A partir del 16 de julio del corriente año, suprímese el cargo de Médico Visitador de la División de Venéreas y Pian.
Artículo 2
Artículo segundo. A partir de la misma fecha, créase el puesto de Asesor Técnico de la División de Venéreas y Pian, con una asignación mensual de $ 630.
Artículo 3
Artículo tercero. Asígnansele las funciones de Negocios Generales al Jefe de la Sección de Personal Correspondencia, y fíjasele la asignación mensual de $ 500, desde el 16 de julio de 1948. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Higiene