Micelio

decreto 1308 de 1994

2 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades constitucionales consagradas en el numeral 1° del artículo 189 de la Constitución Política, y las legales conferidas en el Decreto número 1950 de 1973

Artículo 1Modificar El Artículo 2° Del Decreto 1272 Del 21 De Junio De 1994, En El Sentido De Que El Encargado De Las Funciones Del Despacho Del Ministro De Comercio Exterior A Partir Del 24 De Junio De 1994, Será El Doctor Juan Jasé Echavarría Soto, Viceministro De Comercio Exterior, Mientras Dura La Ausencia Del Titular Y No Como Allí Aparece

° Modificar el artículo 2° del Decreto 1272 del 21 de junio de 1994, en el sentido de que el encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Comercio Exterior a partir del 24 de junio de 1994, será el doctor Juan Jasé Echavarría Soto, Viceministro de Comercio Exterior, mientras dura la ausencia del titular y no como allí aparece.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 23 de junio de 1994. CESAR GAVI RIA TRUJILLO El Secretario Jurídico de la Presidencia de la República, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Juan Pablo Cárdenas Mejia .

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario Jurídico de la Presidencia de la República, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República