Micelio

decreto 847 de 1952

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en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo primero. Por haberse prorrogado la comisión conferida al doctor Vicente castellanos, Director del Departamento de Educación Normalista el Ministerio de Educación Nacional, por Decreto número 2501 del 6 de diciembre de 1951, auméntase en quinientos dólares (U$ 500,00) la partida destinada para el cumplimiento de la comisión.

Artículo 2

Los gastos que ocasione el cumplimiento de lo ordenado en el presente escrito se encuentran el capítulo 84, artículo 904 el presupuesto nacional vigente. Esta suma de veras es gira al comisionado por conducto del consulado General de Colombia en Nueva York.

Artículo 904El Presupuesto Nacional Vigente

Artículo segundo. Los gastos que ocasione el cumplimiento de lo ordenado en el presente escrito se encuentran el capítulo 84, artículo 904 el presupuesto nacional vigente. Esta suma de veras es gira al comisionado por conducto del consulado General de Colombia en Nueva York. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional