Micelio

decreto 847 de 1951

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1Del Saldo En La Fecha Correspondiente A La Suma Global Apropiada En El Actual Presupuesto Para Gastos Del Ministerio De Obras Públicas En El Capítulo 115, Artículo 1576 "para Gastos De Conservación Y Adiciones Y Mejoras De La Red De Carreteras Nacionales", Hácese La Siguiente Distribución Parcial Para Adicionar Las Apropiaciones De Los Siguientes Ordinales, Así: Capítulo 115-Artículo 1576

° Del saldo en la fecha correspondiente a la suma global apropiada en el actual presupuesto para gastos del Ministerio de Obras Públicas en el Capítulo 115, artículo 1576 "para gastos de conservación y adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales", hácese la siguiente distribución parcial para adicionar las apropiaciones de los siguientes ordinales, así: Capítulo 115-Artículo 1576. Ordinal O) Para gastos en la carretera de Occidente Bogotá-Fontibón, en quedando con apropiación total de $ 870.000.00 $ 200.0.00.00 Ordinal F) Para gastos de la carretera Central del Norte Bogotá-Usaquén-Tunja en $ 590.000.00 quedando con apropiación total de $ 850.000.00. Ordinal R) Para la carretera Firavitoba-Pantano de Vargas en $ 120.000.00 quedando con apropiación total de $ 300.000.00. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas