El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el Decreto 130 de 1976
Artículo 1
Artículo primero . Autorizase al Departamento Nacional de Planeación para vincularse, en calidad de "socio institucional", a la Sociedad Colombiana de Planificación (SCP), corporación de derecho privado, con personería jurídica, sin ánimo de lucro y con domicilio principal en Bogotá, D. E.
Artículo 2
Artículo segundo. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníque se y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación