en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que de los fondos distribuidos por el Decreto número 1298 de 1949 existe un sobrante superior a $ 1.620 por concepto de becas no adjudicadas ni usufructuadas en los meses transcurridos del presente año
Considerando · 3 motivos
Que de los fondos distribuidos por el Decreto número 1298 de 1949 existe un sobrante superior a $ 1.620 por concepto de becas no adjudicadas ni usufructuadas en los meses transcurridos del presente año;
Que el Colegio Salesiano de León XIII, con permiso especial del Ministerio y por tener, servicio suficiente, de agua en los primeros meses del año, inició sus tareas desde el mes de febrero;
Que el expresado Decreto 1298 de 1949 solamente, destinó partida para atender al pago de 54 becas en el Colegio Salesiano. de León XIII durante nueve meses (abril a diciembre), becas que fueron servidas por el Colegio desde la fecha de iniciación de los estudios y durante los diez meses del año lectivo, y que por esta circunstancia se le quedaría a deber al Colegio el valor de las pensiones de los 54 becados correspondientes a. un mes, que a razón de $ 30 cada uno, representan la cantidad de $ 1.620;
Artículo 1
Comuníquese y publíquese.