en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que con motivo de las inundaciones causadas por las lluvias, en los Departamentos de Caldas, Cauca y Valle existen damnificados que quedaron sin hogar
Considerando · 3 motivos
Que con motivo de las inundaciones causadas por las lluvias, en los Departamentos de Caldas, Cauca y Valle existen damnificados que quedaron sin hogar;
Que es humanitario ayudar a los compatriotas en desgracia, y;
Que el Gobierno puede contribuir a esa ayuda por medio de franquicias en los servicios postales;
Artículo 1
° . En el servicio postal nacional cursarán libres de porte, encomiendas hasta de dos (2) kilogramos de peso que contengan ropa, alimentos o drogas y que estén destinadas a los damnificados con motivo de las inundaciones o los deslizamientos de tierras en los Departamentos de Caldas, Cauca y Valle.
Artículo 2La Franquicia Otorgada Por Medio Del Artículo Anterior Quedará En Vigencia Hasta El 31 De Marzo Del Presente Año
°. La franquicia otorgada por medio del artículo anterior quedará en vigencia hasta el 31 de marzo del presente año
Artículo 3El Presente Decreto Regirá Desde Su Fecha
° El presente Decreto regirá desde su fecha. Comuníquese y publíquese.