Artículo 1
Suprímese en la Oficina Telegráfica de Medellín la plaza de Ayudante de los Oficiales de Recibo, y créase uno más de Oficial de Recibo con la misma asignación mensual de los demás de su clase en aquella oficina. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno