Micelio

decreto 1149 de 1937

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que el Ministerio de Educación Nacional ha iniciado una labor de divulgación agrícola y enseñanza práctica de explotaciones rurales, en la Colonia Escolar de Vacaciones de Usaquén, donde concurren educandos de todos los Departamentos, y requiere para el fin indicado, entre otros elementos, toda clase de animales domésticos, útiles al campesinato

Considerando · 2 motivos

Que el Ministerio de Educación Nacional ha iniciado una labor de divulgación agrícola y enseñanza práctica de explotaciones rurales, en la Colonia Escolar de Vacaciones de Usaquén, donde concurren educandos de todos los Departamentos, y requiere para el fin indicado, entre otros elementos, toda clase de animales domésticos, útiles al campesinato; y;

Que la Estación Agrícola Experimental de La Picota, dependencia del Ministerio de Agricultura y Comercio, en adelante va a dedicarse con preferencia a trabajos de investigación, selección y divulgación de nuevas clases de trigo y de pastos de tierra fría, para atender a las necesidades de las distintas zonas del país, propias para estos cultivos, y puede en consecuencia disponer de las especies de animales anotadas y que actualmente posee;

Artículo 1

Artículo único. El Ministerio de Agricultura y Comercio entregará al de Educación Nacional, con destino a la Colonia Escolar de Vacaciones de Usaquén, los siguientes animales, tomados de La Picota: Novillas: Una ¾ Red Poll y una ¾ Hollstein. Cerdos: Una pareja de Buroc Jersey, para cría. Cabras, aves de corral, palomas y conejos; Las existencias. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado del Despacho de Agricultura y Comercio