en uso de sus facultades legales
Artículo 1
La suma de $ 8.000 trasladada por Decreto número 3290 de 1949 al artículo 1317, Capítulo 82 del Presupuesto Nacional vigente, destínase para atender al pago de cuentas por alimentación y víveres suministrados al Colegio Nacional de San Bartolomé en los últimos meses del presente año, pendientes de pago por deficiencia en las partidas señaladas por Decreto número 387 de 1949 para pensiones alimenticias de alumnos y empleados internos del expresado Colegio.
Artículo 1317, Capítulo 82 Del Presupuesto Nacional Vigente, Destínase Para Atender Al Pago De Cuentas Por Alimentación Y Víveres Suministrados Al Colegio Nacional De San Bartolomé En Los Últimos Meses Del Presente Año, Pendientes De Pago Por Deficiencia En Las Partidas Señaladas Por Decreto Número 387 De 1949 Para Pensiones Alimenticias De Alumnos Y Empleados Internos Del Expresado Colegio
Artículo único. La suma de $ 8.000 trasladada por Decreto número 3290 de 1949 al artículo 1317, Capítulo 82 del Presupuesto Nacional vigente, destínase para atender al pago de cuentas por alimentación y víveres suministrados al Colegio Nacional de San Bartolomé en los últimos meses del presente año, pendientes de pago por deficiencia en las partidas señaladas por Decreto número 387 de 1949 para pensiones alimenticias de alumnos y empleados internos del expresado Colegio. Comuníquese y publíquese.