Micelio

decreto 1470 de 2005

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política

Artículo 1

º . La representación del Gobierno Nacional en el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Certificación, Icontec, estará integrada en la siguiente; forma: Principales: El Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su delegado. El Ministro de la Protección Social o su delegado. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado. El Ministro de Minas y Energía o su delegado. El Ministro de Transporte o su delegado. Suplentes: El Superintendente de Sociedades o su delegado. El Director del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos o su delegado. El Gerente del Instituto Colombiano Agropecuario o su delegado. El Gerente del Instituto Colombiano del Petróleo o su delegado. El Director del Instituto Nacional de Vías o su delegado.

Artículo 2

º . El presente decreto modifica el Decreto 1047 de 1993.

Artículo 3

º . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural
El Ministro de la Protección Social
El Ministro de Minas y Energía
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo
El Ministro de Transporte