Micelio

decreto 2652 de 1974

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que por medio del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, se autorizo al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito

Considerando · 4 motivos

Que por medio del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, se autorizo al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil, por medio de la Resolución numere 757 de 1974, declaró sobrante la cantidad de $ 340.000.00 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones del mismo Presupuesto:;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto ley numero 294de 1973, el contralor General de la República expidió el certificado de reserva y Disponibilidad numero 76 de 1974 por $340.000.00 para amparar los traslados presupuestales de que trata este Decreto.

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios.

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El

° Hácense los siguientes traslados en el. Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Departamento Administrativo del Servicio Civil Contracréditos Capítulo 025 Departamento Administrativo del Servicio Civil Programa 025 Dirección y Administración del Departamento Servicios personales 101 111 103. Artículo 0301. Sueldos del personal de de nómina 140 Gastos generales 201 331 404. Artículo 0319. Fondo Nacional de Ahorro 200 Suman los contracréditos $ 340 Créditos Capítulo 025 Departamento Administrativo del Servicio Civil Programa 025 Dirección y Administración del Departamento Gastos generales 101 111 201. Articulo 0309. Mantenimiento y aseguros 100.000 106 111 211. Articulo 0314. Materiales y suministros 50.000 106 111 215. Articulo 0316. Arrendamientos 190.000 Suman los créditos $ 340.000

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

Articulo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público