Micelio

decreto 394 de 1948

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que el Decreto número 2492 de 1947 dispuso que el personal administrativo que se requiriera en las diferentes zonas de conservación y en las obras dependientes del Departamento de Ferrocarriles y Carreteras Nacionales del Ministerio de Obras Públicas fuera designado por medio de Decreto, y Que los cargos que se crean por el presente Decreto se habían atendido anteriormente por jornal

Considerando · 2 motivos

Que el Decreto número 2492 de 1947 dispuso que el personal administrativo que se requiriera en las diferentes zonas de conservación y en las obras dependientes del Departamento de Ferrocarriles y Carreteras Nacionales del Ministerio de Obras Públicas fuera designado por medio de Decreto, y;

Que los cargos que se crean por el presente Decreto se habían atendido anteriormente por jornal;

Artículo 1

Artículo primero. Dependientes de la Zona de Carreteras Nacionales de Cartagena, créanse los siguientes cargos, con las asignaciones mensuales que a continuación se expresan: Un Contador de Almacén 300.00 Un Oficial de Estadística 240.00 Un Jefe de Personal y Oficial de Kárdex 210.00 Una Secretaria Mecanógrafa 140.00 Un Subalmacenista en Cartagena 240.00 Un Ayudante de Almacén 210.00 Un Subalmacenista en Sincelejo 240.00 Un Inspector vía Zambrano 280.00 Un Inspector vía Cartagena 280.00 Un Inspector vía Sabanas 280.00 Un Farmacéutico 160.00 Un Ayudante de Caja 150.00 Un Jefe de Talleres 360.00

Artículo 2

Quedan suprimidos en la Zona de Carreteras Nacionales de Cartagena los cargos administrativos determinados en el artículo 3° del Decreto número 2492 de 1947, que no figuren en el presente.

Artículo 3Del Decreto Número 2492 De 1947, Que No Figuren En El Presente

Artículo segundo. Quedan suprimidos en la Zona de Carreteras Nacionales de Cartagena los cargos administrativos determinados en el artículo 3° del Decreto número 2492 de 1947, que no figuren en el presente. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas