Micelio

decreto 3031 de 1961

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Artículo 1

Artículo primero . Adicionase en la siguiente forma la planta fijada por el Ministerio de Justicia en el Decreto número 2963 de 1961; I. Dirección, Ejecución y Control. E. Rama Administrativa. c) División de Servicios Generales. 2. Sección de Información y Correspondencia. 156 Mensajeros II-3 12 Mensajeros I-2.

Artículo 2

Artículo segundo. El Ministerio de Justicia asignara un Mensajero para que preste sus servicios en cada uno de los Tribunales Superiores, Juzgados Superiores, Juzgados de Menores y Oficinas Seccionales de Instrucción Criminal.

Artículo 3

Artículo tercero. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Justicia
El Ministro de Fomento, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Publico
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil