Micelio

decreto 3898 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que de los fondos apropiados en el artículo 1246, Capítulo 80 del Presupuesto Nacional vigente, distribuidos por Decreto 384 de 1949, existe un sobrante de $ 825 por concepto de pensiones alimenticias de alumnos y empleados internos de la Colonia Escolar de Sierra Nevada, no usufructuadas en los meses de junio, julio y septiembre del presente año, y Que los fondos destinados por el mismo Decreto para alimentación, material y gastos varios de la misma Colonia resultaron

Considerando · 2 motivos

Que de los fondos apropiados en el artículo 1246, Capítulo 80 del Presupuesto Nacional vigente, distribuidos por Decreto 384 de 1949, existe un sobrante de $ 825 por concepto de pensiones alimenticias de alumnos y empleados internos de la Colonia Escolar de Sierra Nevada, no usufructuadas en los meses de junio, julio y septiembre del presente año, y;

Que los fondos destinados por el mismo Decreto para alimentación, material y gastos varios de la misma Colonia resultaron insuficientes;

Artículo 1

Artículo único. La suma de $ 825, sobrante por concepto de pensiones alimenticias de alumnos y empleados internos de la Colonia Escolar de Sierra Nevada, no usufructuadas en los meses de junio, julio y septiembre del presente año, destínase para atender al pago de servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, transportes, drogas, reparaciones, dotación, excursiones y demás gastos de la misma Colonia.

Parágrafo

Queda en estos términos modificado el Decreto número 384 de 1949. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional