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decreto 1638 de 2013

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Artículo 1Peso Relativo

°. Peso relativo. Para efectos de lo dispuesto por el

Parágrafo 2

del artículo 7° de la Ley 1551 de 2012, la expresión "peso relativo" corresponde a la distribución del valor agregado del departamento entre cada uno de sus distritos y municipios ubicados en su jurisdicción, a partir de una estructura obtenida con indicadores sectoriales directos e indirectos.

Parágrafo 1

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística expedirá, mediante acto administrativo, la metodología de cálculo del indicador de importancia económica generando anualmente una resolución con los grados de importancia económica municipal.

Parágrafo 2

En todo caso, para determinar la respectiva categorización de distritos y municipios, los alcaldes deberán dar estricta aplicación a lo dispuesto por el

Parágrafo 1

del artículo 7° de la Ley 1551 de 2012.

Artículo 2Vigencia Y Derogatorias

°. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir de su publicación y deroga todas las normas que le sean contrarias.