El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades, legales
Artículo 1
Artículo único. A partir del 1° de agosto del presente año, suprímense los siguientes cargos en el Ministerio de Obras Públicas, ritmo de Edificios Nacionales: Zona de Edificios Nacionales de Santander: Ayudante de Contabilidad de la Escuela Normal de Puente Nacional; Ayudante de Contabilidad del Colegio de Guanentá, de San Gil, Ingeniero de Construcción del Colegio de Guanentá, de San Gil. Zona de Edificios Nacionales del Tolima: Maestro de Obra de la Escuela Normal, el Estadio, el Palacio de Justicia y el Hospital de Ibagué. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Correos y Telégrafos encargado del Despacho de Obras Públicas
José Vicente Dávila Telloencargado