Artículo 1Establécese En Charalá Una Administracion Subalterna De Hacienda Nacional Dependiente De La Principal Del Socorro
° Establécese en Charalá una Administracion subalterna de Hacienda nacional dependiente de la principal del Socorro.
Artículo 2Asígnase Al Administrador El Sueldo De Doscientos Cuarenta Pesos Anuales ($ 240), Imputable Al Departamento De Correos, Capítulo 1,° Artículo 13 Del Presupuesto Para La Vijencia Económica De 1877 A 1878; Siendo De Su Cargo Los Gastos De Local I Escritorio
° Asígnase al Administrador el sueldo de doscientos cuarenta pesos anuales ($ 240), imputable al Departamento de Correos, capítulo 1,° artículo 13 del Presupuesto para la vijencia económica de 1877 a 1878; siendo de su cargo los gastos de local i escritorio.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de Guerra i Marina