Artículo 1
Artículo único . La plaza de Guarda-escribiente del Resguardo del ramo de correos, que por decreto ejecutivo de 9 de diciembre último, inserto en el "Diario Oficial" número 3039, se creó temporalmente, continuará establecida i en actividad, con el sueldo anual de doscientos cincuenta i dos pesos ($ 252) que entonces se le asignó.
Firmas
El Secretario de Haciendo i Fomento