Micelio

decreto 390 de 1957

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Artículo 1Los Derechos Concedidos Por Los Decretos Números 1821 De 1952 Y 1433 De 1957 A Los Jefes De Misión Que Regresen Al País, Se Aplicaran Igualmente A Los Ex Presidentes De La República

°. Los derechos concedidos por los Decretos números 1821 de 1952 y 1433 de 1957 a los Jefes de Misión que regresen al país, se aplicaran igualmente a los ex Presidentes de la República.

Artículo 2Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

°. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Justicia
El Ministro de Agricultura, encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Trabajo, encargado del Ministro de Salud Pública
El Ministro de Fomento
El Ministro de Minas y Petróleos
El Ministro de Educación Nacional
El Ministro de Comunicaciones
El Ministro de Obras Públicas