Artículo 1
Derógase el decreto número 1,085 de 12 de Diciembre último, por el cual se redujo el plazo para el pago de los derechos de importación.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de Hacienda
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Derógase el decreto número 1,085 de 12 de Diciembre último, por el cual se redujo el plazo para el pago de los derechos de importación.