Micelio
DecretoVigente

Decreto 393 de 1997

por el cual se establece la planta de personal del Ministerio de Comercio Exterior.

3artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

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1Las Funciones Propias Del Ministerio De Comercio Exterior, Serán Cumplidas Por La Planta De Personal Que A Continuación Se Establece: Número De Cargos Denominación Y Dependencias Código Grado Despacho Del Ministro 1 Ministro 0005 9 Asesor 1020 12 16 Profesional Especializado 3010 22 26 Profesional Especializado 3010 19 3 Secretario Bilingüe 5235 26 2 Secretario Ejecutivo 5230 25 1 Secretario Ejecutivo 5040 20 4 Secretario Ejecutivo 5040 17 1 Auxiliar Administrativo 5120 13 2 Conductor Mecánico 5310 13 1 Auxiliar De Servicios Generales 5335 15 Despacho Del Viceministro 1 Viceministro 0020 3 Asesor 1020 12 1 Secretario Bilingüe 5235 26 1 Asistente Administrativo 4140 17 1 Secretario Ejecutivo 5040 22 1 Auxiliar Administrativo 5120 13 Planta Global 1 Conductor Mecánico 5310 13 1 Secretario General De Ministerio 35 22 3 Director Técnico De Ministerio 100 18 6 Subdirector Técnico De Ministerio 150 17 4 Asesor 1020 11 16 Asesor 1020 8 4 Jefe De Oficina 2045 25 3 Jefe De División 2040 24 18 Profesional Especializado 3010 18 09 Profesional Especializado 3010 17 03 Profesional Especializado 3010 16 04 Profesional Especializado 3010 15 01 Asistente Administrativo 4140 17 01 Analista De Sistemas 4005 16 11 Técnico Administrativo 4065 15 01 Operador Equipo Sistemas 4100 14 07 Secretario Bilingüe 5235 26 10 Secretario Ejecutivo 5040 22 14 Secretario Ejecutivo 5040 20 06 Secretario Ejecutivo 5040 17 08 Auxiliar Administrativo 5120 13 17 Conductor Mecánico 5310 13 04 Auxiliar Servicios Generales 5335 132Los Funcionarios Del Ministerio De Comercio Exterior Seguirán Ocupando Los Cargos De La Anterior Planta, Hasta La Nueva Posesión En Los Cargos Del Presente Decreto, Dando Cumplimiento Al Punto 13El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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