Micelio

decreto 845 de 1951

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1Del Saldo En La Fecha Correspondiente A La Suma Global Apropiada En El Actual Presupuesto De Gastos Del Ministerio De Obras Públicas, En El Capítulo 115, Artículo 1576 "para Gastos De Conservación, Adiciones Y Mejoras De La Red De Carreteras Nacionales", Adiciónase La Apropiación Del Ordinal J)- Zona De Carreteras De Neiva, Con $ 50

° Del saldo en la fecha correspondiente a la suma global apropiada en el actual presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas, en el Capítulo 115, artículo 1576 "para gastos de conservación, adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales", adiciónase la apropiación del Ordinal J)- Zona de Carreteras de Neiva, con $ 50.000.00, con la siguiente distribución especial: Para la carretera Teruel-Iquira $ 50.000.00 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas