Artículo 3972, Ordinal 21)
Artículo primero. Las partidas globales apropiadas para sueldos del personal, jornales a obreros, alimentación de profesores y personal administrativo, alimentación de alumnos becados y restaurante, de la Escuela Normal Superior de Varones de Piedecuesta, en el presente año, se distribuyen así: Capítulo 388, artículo 3972, ordinal 21). Mensual Total Para sueldos del personal durante el mes de enero, de conformidad con la nómina del mes de diciembre de 1959 $ 11.489.00 Sueldos en once meses: febrero a diciembre: Rector 900.00 9.900.00 Pagador III 475.00 5.225.00 Oficinista III 325.00 3.575.00 Tres Profesores Internos, Directores de Grupo, de primera categoría, a $ 800.00 mensuales cada uno 2.400.00 26.400.00 Cuatro Profesores Internos, Directores de Grupo, de segunda categoría, a $ 650.00 mensuales cada uno 2.600.00 28.600.00 Dos Profesores Internos Directores de Grupo, de cuarta categoría, o sin escalafón, a $ 450.00 mensuales cada uno 900.00 9.900.00 Para profesorado externo 245.54 2.700.94 Director de la Escuela Anexa 650.00 7.150.00 Cuatro Profesores de la Escuela Anexa, a $ 450.00 mensuales cada uno 1.800.00 19.800.00 Capellán - Profesor 250.00 2.750.00 Médico - Profesor 250.00 2.750.00 Odontólogo 200.00 2.200.00 Bibliotecario I 300.00 3.300.00 Auxiliar de Enfermería I 210.00 2.310.00 Portero I 150.00 1.650.00 Ecónoma II 200.00 2.200.00 Para servicio doméstico 600.00 6.600.00 Suma $ 12.455.54 148.499.94 Capítulo 388, artículo 3973, ordinal 21). Enero a diciembre: Para pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requiera el establecimiento en la presente vigencia y anteriores $ 83.33 999.96 Capítulo 388, artículo 3974, ordinal 21) Diez meses : febrero a noviembre : Para alimentación de 20 profesoras y personal administrativo, a $ 70.00 mensuales cada una $ 1.400 14.000.00 Para alimentación del servicio doméstico 400.00 4.000.00 Dos meses : enero y diciembre : Para alimentación del personal que debe permanecer en el establecimiento en época de vacaciones 250.00 500.00 Suma $ 18.500.00 Capítulo 388, artículo 3976, ordinal 21). Diez meses: febrero a noviembre: Para alimentación de 40 alumnos becados, a $70.00 mensuales cada uno 2.800.00 28.000.00 Para restaurante de la Escuela Anexa 400.00 4.000.00 Suma $ 3.200.00 32.000.00
Artículo 2
Artículo segundo . Las partidas distribuidas por el presente Decreto, como las liquidadas en el Decreto de Presupuesto de Rentas y Gastos de 1960, Capítulo 388, ordinal 21), de los artículos 3975, 3978, 3979, 3980, 3981, 3982 y 3984, para atender a los demás gastos y servicios de la Escuela Normal Superior de Varones de Piedecuesta, dependiente de la División de Normales Superiores y Educación Primaria, serán giradas al Pagador III de dicho establecimiento. Comuníquese y publíquese.