Micelio

decreto 548 de 1958

3 artículos · lectura continua

Artículo 1

Hacen se las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

Ministerio de Obras Públicas.

CAPITULO 581

Carreteras nacionales

Conservación, adiciones y mejoras.

302.

Del artículo 5844. Para conservación, adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales, en el año, así:

Ordinal 25) Para sellos y reparaciones mayores a los pavimentos de las carreteras

$

250.000

00

nacionales, en el año.

$

250.000

00

Suman los contracréditos

CAPITULO 583

Carreteras nacionales.

Construcción, reconstrucción y pavimentación (Plan Vial).

Para gastos de construcción, reconstrucción y pavimentación de las siguientes carretelas troncales, incluidas en el Plan Trienal financiado en parte por el Banco internacional de Reconstrucción y Fomento, de acuerdo con los respectivos compromisos contractuales:

202.

Al artículo 5855. Carreteras Bogotá-Girardot - Ibagué y Bogotá - Honda La - Dorada (contrato con Morrison Knudsen y Compañía de Colombia, S. A.)

$

250.000

00

Suman 1os créditos

$

250.000

00

Artículo 5844Para Conservación, Adiciones Y Mejoras De La Red De Carreteras Nacionales, En El Año, Así: Ordinal 25) Para Sellos Y Reparaciones Mayores A Los Pavimentos De Las Carreteras $ 250

Artículo primero . Hacen se las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente: Ministerio de Obras Públicas. CAPITULO 581 Carreteras nacionales Conservación, adiciones y mejoras. 302. Del artículo 5844. Para conservación, adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales, en el año, así: Ordinal 25) Para sellos y reparaciones mayores a los pavimentos de las carreteras $ 250.000 00 nacionales, en el año. $ 250.000 00 Suman los contracréditos CAPITULO 583 Carreteras nacionales. Construcción, reconstrucción y pavimentación (Plan Vial). Para gastos de construcción, reconstrucción y pavimentación de las siguientes carretelas troncales, incluidas en el Plan Trienal financiado en parte por el Banco internacional de Reconstrucción y Fomento, de acuerdo con los respectivos compromisos contractuales: 202. Al artículo 5855. Carreteras Bogotá-Girardot - Ibagué y Bogotá - Honda La - Dorada (contrato con Morrison Knudsen y Compañía de Colombia, S. A.) $ 250.000 00 Suman 1os créditos $ 250.000 00

Artículo 2

Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas