El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 45 del Decreto legislativo número 289 de 1950
Artículo 1
Artículo único. A partir del primero de julio del año en curso, suprímese el cargo de Jefe de la Sección de Intercambio Cultural del Departamento de Biblioteca, Archivos Nacionales y Extensión Cultural y Bellas Artes, cuya asignación mensual es de $ 600. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional