Micelio

decreto 258 de 1948

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Colonia Escolar de Pamplona se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así:

a)

Capítulo 73, artículo 851.

Sueldos en doce meses, enero a diciembre:

Artículo 851Sueldos En Doce Meses, Enero A Diciembre: Mensual Total

Artículo único. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Colonia Escolar de Pamplona se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el Presupuesto Nacional vigente, así

a)

Capítulo 73, artículo 851. Sueldos en doce meses, enero a diciembre: Mensual Total. Director $ 168.00 2.016.00 Habilitado 88.00 1.056.00 Enfermera 84.00 1.008.00 Ecónoma 66.00 792.00 Granjero 48.00 576.00 Médico Profesor 84.00 1.008.00 Odontólogo Profesor 84.00 1.008.00 Portero Mandadero 30.00 360.00 Servicio doméstico, según distribución que haga el Director 118.00 1.416.00 Totales $ 770.00 9.240.00

b)

Capítulo 73, articulo 852. Alimentación en enero: De 7 empleados internos a $ 17 cada uno 119.00 Alimentación en once meses, febrero a diciembre: De 60 alumnos y 16 empleados, a $ 20 cada uno 1.520.00 16.720 00 Enero a diciembre: Servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, drogas, deportes, dotación, reparaciones y demás gastos generales de la Colonia $ 263.41 3.160.92 Total $ 19.999.92 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Educación Nacional