Micelio

decreto 844 de 1951

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Artículo único. A partir del 16 del presente mes, suprímense los siguientes cargos en la Zona de Edificios Nacionales de Antioquia: Mensuales Ingeniero Jefe, con $ 800.00 Cajero, con 370.00 Ayudante de Contabilidad y Almacén, con 270.00 Maestro de 1ª de las obras de la Escuela de Minas, Licco Anexo del Estadística y Correspondencia, con 200.00 Sub- Almacenista Oficial de Estadística de las obras del Hospital de Puerto Berrio, con 270.00 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Obras Públicas