Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1971, Con La Cantidad De Cuatro Millones Doscientos Cincuenta Y Nueve Mil Doscientos Setenta Y Dos Pesos Con Sesenta Y Un Centavos ($ 4
º Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1971, con la cantidad de cuatro millones doscientos cincuenta y nueve mil doscientos setenta y dos pesos con sesenta y un centavos ($ 4.259.272.61) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 6 del mismo año, expedido por el Contralor General de la Republica, se incorporarán con imputación al siguiente numeral: Presupuesto de Rentas e Ingresos Recursos de Capital CAPITULO XV Recursos del Balance del Tesoro Numeral 165. Superávit fiscal de 1970 $ 4.259.272.61 Suma el recurso $ 4.259.272.61
Artículo 2Con Base En El Recurso De Que Trata El Artículo Anterior, Ábrese El Siguiente Crédito Adicional Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1971: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Educacion Nacional Capitulo 261 Ministerio De Educación Nacional Programa 326 Aportes A Establecimientos Públicos Del Sector Educativo 203, 314, 412
º Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971: Presupuesto de Funcionamiento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 261 Ministerio de Educación Nacional Programa 326 Aportes a Establecimientos Públicos del Sector Educativo 203, 314, 412. Artículo 3177. Aporte a la Universidad de Antioquia $ 4.259.272.61 Suma el crédito $ 4.259.272.61
Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.