Micelio

decreto 392 de 1977

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Artículo 1Convocase Al Congreso Nacional A Sesiones Extraordinarias Del 1° Al 24 De Marzo Del Presente Año

° Convocase al Congreso Nacional a sesiones extraordinarias del 1° al 24 de marzo del presente año.

Artículo 2Durante Las Sesiones A Que Se Refiere El Artículo Anterior, El Congreso Se Ocupará De Los Siguientes Negocios: A

° Durante las sesiones a que se refiere el artículo anterior, el Congreso se ocupará de los siguientes negocios

a)

Proyecto de ley "por la cual se reforma el sistema electoral";

b)

Proyecto de ley "por la cual se modifican las cuantías para el señalamiento de la competencia en materia civil, penal, laboral y Contencioso Administrativa y se dictan algunas disposiciones sobre recursos procesales";

c)

Proyecto de ley "por la cual se autoriza la adhesión de Colombia a la enmienda de un Convenio Internacional" (Senado número 112);

d)

Proyecto de ley "por la cual se concede al Gobierno Nacional un cupo de endeudamiento interno" (Senado número 87 de 1976);

e)

Proyecto de ley "por la cual se amplía el cupo de Endeudamiento Externo del Gobierno Nacional";

f)

Proyecto de ley "por la cual se introducen algunas reformas al Estatuto Penal Aduanero";

g)

Proyecto de ley "por la cual se dispone revisar la legislación vigente en lo referente a las reglas procedimentales y probatorias de los impuestos de renta y complementarios, ventas, sucesiones e indirectos y se dictan otras disposiciones" (Senado número 52 de 1976);

h)

Proyecto de ley "por la cual la Nación cede a la Intendencia Nacional del Putumayo unas regalías petrolíferas y se reviste al Presidente de la República de facultades extraordinarias" (Cámara número 107, Senado 104);

i)

De los demás negocios que en el curso de las mismas sesiones someta el Gobierno a su consideración.

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno