Micelio

decreto 2170 de 1973

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Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuestos De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1973

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuestos de Gastos para la vigencia fiscal de 1973. PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO CONTRACREDITOS Capítulo 255 Ministerio de Desarrollo Económico Programa 276 Industria y Comercio Gastos Generales 106 251 211. Artículo 2779. Materiales y suministros $ 100.000.00 106 251 215. Artículo 2781. Arrendamientos 171.000.00 Suman los contracréditos $ 271.000.00 CREDITOS PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Desarrollo Económico Capítulo 255 Ministerio de Desarrollo Económico Programa 271 Administración Superior. Servicios Personales. 101 111 103. Artículo 2701. Suicidas del personal de nomina $250.000.00 102 111 117. Artículo 2705. Prima de Navidad 21.000.00 Suman los créditos $ 271.000.00

Artículo 2Aclárase La Distribución De Qué Trata El Decreto Número 240 De Fecha 20 De Febrero De 1973 En El Artículo 6875, Proyecto 9 Numeral 5 El Cual Quedara Así: Numeral 5 Núcleos E Internados Escolares

° Aclárase la distribución de qué trata el Decreto número 240 de fecha 20 de febrero de 1973 en el artículo 6875, proyecto 9 numeral 5 el cual quedara así: Numeral 5 Núcleos e Internados Escolares. Núcleo Escolar de Sáname - Fosca. Gastos Generales $ 25.000.00 Construcción y Dotación por intermedio del Instituto Colombiano de Construcciones Escolares (ICCEL) $ 706.023.00

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público