Micelio

decreto 999 de 1946

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 29 de marzo del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados en la Ley de Apropiaciones vigente, según consta en el acta respectiva

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Del Ministerio De Trabajo, Higiene Y Prevision Social, Capítulo 50

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: DEL MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOCIAL, Capítulo 50. Del artículo 669. Para raciones de enfermos de lepra asilados en los Lazaretos y en otros lugares, dentro y fuera de la República $ 60.000.00 AL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Capítulo 25 Al artículo 237-A. Para atender a todos los gastos que demande la IX Conferencia Internacional Americana (Ley 160 de 1941) $ 60.000.00

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Minas y Petróleos encargado del Despacho de Trabajo, Higiene y Previsión Social