Micelio

decreto 1468 de 1951

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 1

Del saldo en la fecha correspondiente a la suma global apropiada en el actual presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas, en el Capítulo 115, artículo 1576 para gastos de conservación, adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales adiciónase la apropiación del Ordinal K) Zona de Carreteras de Medellín, en $60.000.00.

Artículo 1576Para Gastos De Conservación, Adiciones Y Mejoras De La Red De Carreteras Nacionales Adiciónase La Apropiación Del Ordinal K) Zona De Carreteras De Medellín, En $60

Artículo primero. Del saldo en la fecha correspondiente a la suma global apropiada en el actual presupuesto de gastos del Ministerio de Obras Públicas, en el Capítulo 115, artículo 1576 para gastos de conservación, adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales adiciónase la apropiación del Ordinal K) Zona de Carreteras de Medellín, en $60.000.00.

Artículo 2

Artículo segundo. La suma a que se refiere el artículo anterior será entregada por el Cajero de la Zona de Carreteras Nacionales de Medellín al Batallón mixto de Ingenieros número 4 'Cisneros', en tres mensualidades de $ 20.000.00 cada una, a partir del presente mes, a fin de que dicha unidad del ejército atienda a los gastos que demande la conservación dentro de la construcción de la Carretera al Mar Dabeiba-Turbo y el cuidado de campamentos, equipos y herramientas pertenecientes a esa obra, mientras la Nación celebra nuevo contrato para adelantar su construcción.

Artículo 3

Artículo tercero. El Batallón mixto de Ingenieros número 4 'Cisneros' entregará al Cajero de la Zona de Carreteras de Medellín los comprobantes debidamente legalizados que se relacionen con la inversión de los $ 60.000.00 que por este Decreto se destinan. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas