Micelio

decreto 122 de 1963

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el artículo 26 del Decreto número 3505 de 1962, autoriza al Gobierno Nacional para hacer, por decreto, las aclaraciones necesarias para la correcta ejecución del Presupuesto para 1963, y Qué en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Ministerio de Comunicaciones, se incurrió en el error de invertir el valor de las partidas de los artículos 13270 y 13271, y en el de inversión del Ministerio de Salud se equivocó una leyenda.

Considerando · 1 motivo

Que el artículo 26 del Decreto número 3505 de 1962, autoriza al Gobierno Nacional para hacer, por decreto, las aclaraciones necesarias para la correcta ejecución del Presupuesto para 1963, y Qué en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Ministerio de Comunicaciones, se incurrió en el error de invertir el valor de las partidas de los artículos 13270 y 13271, y en el de inversión del Ministerio de Salud se equivocó una leyenda.

Artículo 1Aclárase El Presupuesto De Gastos De Funcionamiento, Del Ministerio De Comunicaciones En El Sentido De Que El Valor Del Artículo Número 13270, Para Gastos Varios E Imprevistos, Es De $ 88

º Aclárase el presupuesto de gastos de funcionamiento, del Ministerio de Comunicaciones en el sentido de que el valor del artículo número 13270, para gastos varios e imprevistos, es de $ 88.697.00 y del artículo número 13271, para gastos de entierro, de $ 20:000.00.

Artículo 2Aclárase El Artículo Número 28025, Proyecto 3 Del Presupuesto De Inversión, Del Ministerio De Salud Pública, En El Sentido De Que No Se Trata Del Hospital San José De El Líbano, Sino Del Hospital Regional De El Líbano

° Aclárase el artículo número 28025, proyecto 3 del presupuesto de inversión, del Ministerio de Salud Pública, en el sentido de que no se trata del Hospital San José de El Líbano, sino del Hospital Regional de El Líbano

Artículo 3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición

° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público