El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales, y en especial las que le confiere el artículo 120, numeral 21 de la Constitución Nacional
Artículo 1Adiciónase La Planta De Personal De La Oficina De Planeación Y Análisis Económicos Y Fiscales Del Ministerio De
° Adiciónase la planta de personal de la Oficina de Planeación y Análisis Económicos y Fiscales del Ministerio de. Hacienda y Crédito Público en la f o r m a que a continuación se expresa: No. Nombre desempleo Clase Categoría 1 Estadístico II 22
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición Y Adiciona El Decreto 3033 De Diciembre 14 De 1968 En La Parte Pertinente A La Oficina De Planeación Y Análisis Económicos Y Fiscales Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público
° EL presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y adiciona el Decreto 3033 de diciembre 14 de 1968 en la parte pertinente a la Oficina de Planeación y Análisis Económicos y Fiscales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y en especial las que le confiere el artículo 120, numeral 21 de la Constitución Nacional