Micelio

decreto 2647 de 1945

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO que el Consejo de Ministros en su sesión del día 11 de octubre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unostraslados en la Ley de Apropiaciones vigente, según consta en el acta respectiva

Artículo 1Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Del Ministerio De La Economía Nacional Capitulo 54 Del Artículo 857

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: Del Ministerio de la Economía Nacional CAPITULO 54 Del artículo 857. Parra continuación, de los trabajos de aprovisionamiento de agua por medio de pozos artesianos a las poblaciones de Natagaima, Purificación y Coyaina 30.000.00 Al Ministerio de Obras Publicas CAPITULO 93 Al artículo 1686-A. Para continuar la construcción de la carretera Chaparral-Palmira, Ley 64 de 1943 30.000.00

Artículo 2El Presente Decreto Rige Desde Su Fecha

° El presente Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de .la Economía Nacional
El Ministro de Obras Públicas