en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la actual vigencia el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Registraduría Nacional del Estado Civil, por medio de las Resoluciones números 0762 de marzo 9 de 1982, y 0418 de marzo 17 de 1982, declararon sobrantes las sumas de setenta y cinco mil pesos ($ 75.000) moneda corriente y doscientos veinte millones setecientos treinta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y ocho pesos ($ 220.738.458) moneda corriente, re
Considerando · 3 motivos
Que en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la actual vigencia el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Registraduría Nacional del Estado Civil, por medio de las Resoluciones números 0762 de marzo 9 de 1982, y 0418 de marzo 17 de 1982, declararon sobrantes las sumas de setenta y cinco mil pesos ($ 75.000) moneda corriente y doscientos veinte millones setecientos treinta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y ocho pesos ($ 220.738.458) moneda corriente, respectivamente con el objeto de que sean trasladadas para incrementar algunas apropiaciones de su mismo presupuesto que resultaron insuficientes;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley 294 de 1973, Orgánico del Manejo del Presupuesto y la Resolución Orgánica número 07495 de 1979 proveniente de la Contraloría, General de la República, los Auditores Generales ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Registraduría Nacional del Estado Civil expidieron los Certificados de Disponibilidad números 03 y 01 de abril 2 de 1982 por valor de $ 75.000 y $ 220.738.458, los cuales fueron refrendados por el Contralor General de la República, según lo expresado en el artículo 1º de la Resolución Orgánica número 08299 de julio 2 de 1980, emanada de la Contraloría General de la República; para amparar los traslados presupuestales de que trata este Decreto, y;
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios;
Artículo 1
º . Efectúanse los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1982, así: CONTRACREDITOS PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Hacienda y Crédito Público. CAPITULO 2 Dirección General de Impuestos Nacionales Servicios personales. Artículo 112 4 11. 1403. Prima técnica $ 75.000 Total Contracrédito Ministerio de Hacienda y Crédito Público 75.000 Registraduría Nacional del Estado Civil. CAPITULO 1 Registraduría Nacional del Estado Civil -Cedulación-. Servicios personales. Artículo 121 2 11. 3271. Sueldos del personal de nómina 114.153.735 121 11 11. 3278. Prima de Navidad 62.400.000 121 14 11. 3281. Subsidio familiar 3.600.000 121 18 11. 3284. Remuneración servicios técnicos 1.328.723 CAPITULO 2 Registraduría Nacional del Estado Civil -Menores- Servicios personales Artículo 121 2 11. 3271. Sueldos del personal de nómina. 29.256.000 121 11 11. 3278. Pringa de Navidad 10.000.000 Total Contracréditos Registraduría Nacional del Estado Civil $ 220.738.458 Suman los Contracréditos $ 220.813.458 C R E D I T O S PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Hacienda y Crédito Público. CAPITULO 1 Dirección Superior. Servicios personales. Artículo 112 4 11 1403. Prima técnica. $ 75.000 Total Crédito Ministerio de Hacienda y Crédito Público $ 75.000 Registraduría Nacional del Estado Civil. CAPITULO 1 Registraduría Nacional del EstadoCivil -Cedulación- Servicios personales. Artículo 121 6 11. 3273. Sueldos del personal supernumerario. 220.738.453 Total Crédito Registraduría Nacional del Estado Civil. $ 220.738.453 Suman los Créditos. 220.813.453
Artículo 2
º . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.