El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de sus atribuciones legales
Artículo 1Créase En La Administración Principal De Correos De Cundinamarca El Puesto De Segundo Contador, Con La Dotación Mensual De Cincuenta Pesos ($ 50)
° Créase en la Administración Principal de Correos de Cundinamarca el puesto de segundo Contador, con la dotación mensual de cincuenta pesos ($ 50).
Artículo 2Créase Asimismo En La Administración De Correos De Santander (Departamento Del Cauca) La Plaza De Ayudante, Con La Asignación De Quince Pesos ($ 15) Mensuales; Oficina Que Tendrá, Además, La Partida De Dos Pesos ($ 2), También Mensuales, Para Gastos De Útiles De Escritorio
° Créase asimismo en la Administración de Correos de Santander (Departamento del Cauca) la plaza de Ayudante, con la asignación de quince pesos ($ 15) mensuales; oficina que tendrá, además, la partida de dos pesos ($ 2), también mensuales, para gastos de útiles de escritorio.
Artículo 3Nómbrase Al Señor Matías Múnera Quijano, Segundo Contador De La Administración Principal De Correos De Cundinamarca
° Nómbrase al señor Matías Múnera Quijano, segundo Contador de la Administración Principal de Correos de Cundinamarca.
Parágrafo
Surtirá sus efectos el presente Decreto desde el día 1.° de mayo próximo. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno