Artículo 1
Art. 1.° Establécense en los Talleres Salesianos de Bogotá Exposiciones anuales, á partir del presente año, de objetos elaborados por los alumnos de este Instituto.
Artículo 2
Art. 2.° La exposición tendrá lugar en los últimos días de cada año escolar, de suerte que con ellas se cierran las tareas del año.
Artículo 3
Art. 3.° El Gobierno auxiliará el Instituto con las materias primas necesarias para la elaboración de los objetos que se han de exhibir. Habrá premios, consistentes en diplomas de honor, de 1. a , 2. a y 3. a clase. Los niños que obtengan premios de 1.ª clase, serán dueños de los artefactos por los cuales los merezcan.
Artículo 4
Art. 4.° Por el Ministerio de Instrucción Pública se reglamentarán dichas exposiciones de acuerdo con las prescripciones del presente Decreto. Comuníquese.