Micelio

decreto 1799 de 1949

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que el actual ingeniero encargado de las obras del Alto Cauca tiene que atender más de cuatro frentes de trabajo, situados unos de otros a distancias de bastante consideración

Considerando · 3 motivos

Que el actual ingeniero encargado de las obras del Alto Cauca tiene que atender más de cuatro frentes de trabajo, situados unos de otros a distancias de bastante consideración;

Que es necesario e indispensable dedicar una mayor atención a estas obras, por el mayor desarrollo e incremento que últimamente ha tomado la navegación en el río Cauca;

Que el número de ingenieros de conservación creado por Decretos 245 y 1256 del corriente año es insuficiente;

Artículo 1Créase Un Nuevo Cargo De Ingeniero De Conservación Y Construcción De Vías Navegables, Con Destino A Las Obras Del Alto Cauca, Como Adición A Los Ocho Creados Por Los Decretos Antes Citados, Y Con La Misma Asignación Mensual De $ 750

° Créase un nuevo cargo de Ingeniero de Conservación y Construcción de Vías Navegables, con destino a las obras del Alto Cauca, como adición a los ocho creados por los Decretos antes citados, y con la misma asignación mensual de $ 750.

Artículo 2Los Gastos Que Acarrea Este Nuevo Cargo Serán Cubiertos Con La Partida Global Girada A Las Obras, Con Cargo Al Capítulo 106, Artículo 2119 Del Presupuesto Vigente

° Los gastos que acarrea este nuevo cargo serán cubiertos con la partida global girada a las obras, con cargo al Capítulo 106, artículo 2119 del Presupuesto vigente.

Parágrafo

Este Decreto rige desde su fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Obras Públicas