El Presidente de la República de Colombia
en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política
Artículo 1Amplíase La Jurisdicción Consular Del Consulado General De Colombia En San Juan, Puerto Rico, A Los Siguientes Territorios Británicos: Islas Vírgenes Británicas, Anguilla Y Montserrat
º. Amplíase la jurisdicción consular del Consulado General de Colombia en San Juan, Puerto Rico, a los siguientes territorios británicos: Islas Vírgenes Británicas, Anguilla y Montserrat.
Artículo 2Amplíase La Jurisdicción Consular Del Consulado De Colombia En Washington, Estados Unidos De América A Bermuda
º. Amplíase la jurisdicción consular del Consulado de Colombia en Washington, Estados Unidos de América a Bermuda.
Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 13 de enero de 1995. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro de Relaciones Exteriores, Rodrigo Pardo García-Peña.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política
El Ministro de Relaciones Exteriores