en ejercicio de sus facultades legales
Artículo 1Autorízase Al Director General De La Policía Nacional Para Delegar En El Jefe Del Departamento Nacional De Investigación Criminal, La Facultad De Hacer Los Nombramientos Del Personal De Detectives Nacionales, Departamentales Y Municipales, Y Los Ascensos, Promociones Y Remociones Á Que Hubiere Lugar, Parágrafo
° Autorízase al Director General de la Policía Nacional para delegar en el Jefe del Departamento Nacional de Investigación Criminal, la facultad de hacer los nombramientos del personal de Detectives nacionales, departamentales y municipales, y los ascensos, promociones y remociones á que hubiere lugar,
En tratándose de los Cuerpos de Seguridad departamental o municipal esa delegación se extenderá a todos los empleados, tales como Dactíloscopistas, Mecanógrafas, etc.
Artículo 2En Los Nombramientos Que Haga El Jefe Del Departamento Nacional De Investigación Criminal En Ejercicio De Esa Delegación, Observará Las Prescripciones Del Decreto Número 2136 De 1949, Y Las Que Sin Oponerse A Este Estatuto Señale El Decreto 1645 De 1948
° En los nombramientos que haga el Jefe del Departamento Nacional de Investigación Criminal en ejercicio de esa delegación, observará las prescripciones del Decreto número 2136 de 1949, y las que sin oponerse a este estatuto señale el Decreto 1645 de 1948.
Artículo 3Este Decreto Regirá Desde Su Fecha
° Este Decreto regirá desde su fecha. Comuníquese.