Micelio

decreto 256 de 1966

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Artículo 1

Artículo primero, Los empleados subalternos del Poder Judicial y de la actualidad no sean ciudadanos en ejercicio por razón de su edad, continuarán desempeñando sus cargos como interinos.

Artículo 2

Artículo segundo . Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Justicia