Artículo 1Del Presupuesto De La Vigencia Fiscal En Curso, "para El Desarrollo De Una Campaña Nacional Antirrábica, Según Distribución Que Liará El Gobierno Nacional Por Decreto Separado, En El Año", Hácese La Siguiente Distribucios: Capitulo 283 Artículo 2919
Artículo primero. De la partida global apropiada en el Capítulo 283, artículo 2919 del Presupuesto de la vigencia fiscal en curso, "para el desarrollo de una Campaña Nacional Antirrábica, según distribución que liará el Gobierno Nacional por decreto separado, en el año", hácese la siguiente distribucios: CAPITULO 283 Artículo 2919. Clave económica 003. Código de Oficina 335. Ordinal 1°. Para comprar al Instituto Nacional de Higiene Samper Martínez, Vacuna Antirrábica $ 80.000.00
Artículo 2Del Presupuesto Nacional De Gastos Para La Vigencia Fiscal En Curso
Artículo segundo. Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto, se imputarán al Capítulo 283, artículo 2919 del Presupuesto Nacional de Gastos para la vigencia fiscal en curso. Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
Mayor General Gabriel Paris Gencargado
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Salud Pública