El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de las facultades constitucionales que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política
Artículo 1
º . Créanse en la planta global del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, los siguientes cargos: N° de cargos Nivel y denominación del empleo Código Grado Asesor Diez (10) Asesor 210 35 Tres (3) Asesor 210 39 Diez (10) Asesor 210 41 Cuatro (4) Asesor 210 47 Ejecución Dos (2) Asistente Administrativo 615 15 Uno (1) Asistente Administrativo 615 12
Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Modifica En Lo Pertinente El Decreto 1682 De 1991 Y Deroga Las Demás Disposiciones Que Le Sean Contrarias
º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 1682 de 1991 y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública