Micelio

decreto 545 de 1997

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 45 de la Ley 4 de 1913, y CONSIDERANDO: Que en la transcripción del texto de la Ley 360 de 1997, se señaló en su artículo 13: "Artículo 13. El Código Penal tendrá una nueva disposición, la cual quedará como artículo 312 bis, así: Artículo 312 Bis. Pornografía con menores. El que fotografíe, filme, venda, compre, exhiba o de cualquier manera comercialice materialfotográficoen el que participen menores de edad, incurrirá en prisión de cuatro (4) a diez (10) años, y mul

Considerando · 3 motivos

Que en la transcripción del texto de la Ley 360 de 1997, se señaló en su artículo 13: "Artículo 13. El Código Penal tendrá una nueva disposición, la cual quedará como artículo 312 bis, así: Artículo 312 Bis. Pornografía con menores. El que fotografíe, filme, venda, compre, exhiba o de cualquier manera comercialice materialfotográficoen el que participen menores de edad, incurrirá en prisión de cuatro (4) a diez (10) años, y multa de cien (100) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales". (Subrayado fuera del texto);

Que según consta en el trámite legislativo, en el Acta de la Comisión Conciliadora del proyecto de ley aprobado en Sesión Plenaria por la Cámara de Representantes y por el Senado de la República, el texto del artículo es el siguiente: "Artículo 13. El Código Penal tendrá una nueva disposición, la cual quedará como artículo 312 bis, así: Artículo 312 Bis. Pornografía con menores. El que fotografíe, filme, venda, compre, exhiba o de cualquier manera comercialice material pornográfico en el que participen menores de edad, incurrirá en prisión de cuatro (4) a diez (10) años, y multa de cien (100) a mil (1.000) salariosmínimos legales mensuales". (Subrayado fuera del texto);

Que existe un error caligráfico al transcribirse el texto del artículo 13 de la Ley 360 de 1997, ya que lo aprobado por el honorable Congreso de la República es ...."material pornográfico...." y no como se señala en el texto de la ley;

Artículo 1Corríjese El Yerro Caligráfico Del Artículo 13 De La Ley 360 De 1997, En El Sentido De Que El Texto Del Artículo Es Como A Continuación Se Transcribe: "artículo 13

º. Corríjese el yerro caligráfico del artículo 13 de la Ley 360 de 1997, en el sentido de que el texto del artículo es como a continuación se transcribe: "Artículo 13. El Código Penal tendrá una nueva disposición, la cual quedará como artículo 312 bis, así: Artículo 312 Bis. Pornografía con menores. El que fotografíe, filme, venda, compre, exhiba o de cualquier manera comercialice material pornográfico en el que participen menores de edad, incurrirá en prisión de cuatro (4) a diez (10) años, y multa de cien (100) a mil (1.000) salarios mínimos legales mensuales".

Artículo 2º

º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 45 de la Ley 4 de 1913, y
El Ministro de Justicia y del Derecho